La evasión tributaria en Chile es muy cuantiosa, y en porcentajes del PIB que sobrepasan largamente los que existen en los países desarrollados. Esta cuantiosa evasión no se debe al hecho que los chilenos seamos por naturaleza menos honestos que los ciudadanos de los países desarrollados, sino porque no se ha querido legislar para poner en práctica verdaderos sistemas de previsión y control que impidan la evasión tributaria.
¿Por qué no existe voluntad política en Chile para terminar o disminuir la evasión tributaria? Muy simple, porque los que más evaden sus tributos son los más ricos, los más poderosos, y ellos, a la vez, son los que determinan la política tributaria.
Nuestros gobiernos se han sometido en esta materia a lo que los expertos de los grandes evasores de impuestos les sugieren para combatir la evasión, con medidas que exteriormente parecen ser muy efectivas, pero que en realidad solo sirven para crear la apariencia que existe masivo control de la evasión tributaria, como lo era y todavía lo es, la obligación de tener que timbrar en el S.I.I las facturas, guías de despacho, boletas y todos los libros o documentación donde se lleva la contabilidad.
La obligación de timbrar en el S.I.I. los documentos contables y comerciales
La obligación de timbrar todo documento comercial y contable en el SII, no es más que un relumbrante volador de luces, que cumple muy bien el rol publicitario de hacer creer a la población chilena, que el sistema de timbraje es efectivo en la lucha contra la evasión tributaria, sobre todo por el enorme aparataje que su implementación implica. Sin embargo, este tremendo aparataje del sistema de timbraje, no ha impedido que la evasión tributaria en Chile sea muy superior a la de países desarrollados, donde este sistema de timbraje no existe o nunca ha existido.
Es más, en los países desarrollados no solo no ha existido el sistema de timbraje, sino que además no existe la factura electrónica, a pesar del considerable avance de esos países en materia informática y comunicacional. Sin embargo, en Chile, la factura electrónica es presentada por el SII y el Ministerio de Hacienda como un gran avance en la modernización tributaria, y como un instrumento muy eficiente en el combate contra la evasión tributaria. En los hechos, la factura electrónica, lo único que tiene de moderno es que eliminó también la inútil obligación de timbrar en el SII, las facturas, guías de despacho y otros documentos comerciales. Su rol más importante, es hacernos creer que en Chile somos campeones en los sistemas tecnológicos y economía digital, sin embargo, el efecto de la factura electrónica en la lucha contra la evasión tributaria es irrisorio, como queda en evidencia con el ejemplo siguiente.
La inutilidad de la factura electrónica
Como es ya es de conocimiento público, los mayores evasores de impuestos en Chile son las mineras extranjeras y las empresas extranjeras en general, y de nada ha servido el timbraje de libros contable y la factura electrónica para disminuir la muy cuantiosa evasión tributaria en estos grandes evasores, bien por el contrario. Desde que se hizo exigible la factura electrónica, el año 2005, la evasión de las 10 mayores empresas mineras en vez de bajar, aumentó.
En efecto, según un informe precisamente del SII, entre los años 2006 y 2009, ambos años incluidos, y antes que rigiera la factura electrónica, las 10 mayores mineras tributaron US$ 10.532 millones, sumando Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Adicional, mientras que en los años 2013 a 2016, ambos incluidos, cuando ya regía la obligación de la factura electrónica, las 10 mayores mineras tributaron solo US$ 5.593 millones, prácticamente la mitad que entre 2006 y 2009, mientras que el precio promedio del cobre de 2013 a 2016, fue solo fue un 5,7% inferior al periodo 2006-2009. La increíble caída de la tributación de estas mineras no se debió a la baja del precio del cobre, sino a la planificada evasión, porque no existe una legislación tributaria que realmente impida o frene la evasión de las grandes empresas.
Este es el ejemplo más evidente que la factura electrónica es un aparataje publicitario, que de nada sirve para controlar la evasión de los mayores evasores de impuestos en Chile, que son las mineras, del cobre, del oro, del hierro y el litio, pero además las que exportan maderas, frutas, salmón, etc. Con estos grandes evasores, es la prueba evidente que la factura electrónica de nada sirve para controlar la evasión tributaria, esa es la principal razón por la que en los países desarrollados no la han implementado.
Puede ser factible que para las pequeñas y medianas empresas, la implementación de la factura electrónica tenga algún efecto para disminuir la evasión del IVA y por ende de la renta, pero no tiene ningún efecto para disminuir la evasión de los mayores evasores de impuestos, siendo que eses debería ser el objetivo de la modernización tributaria.
El actual proyecto del Presidente Piñera, llamado publicitariamente Proyecto de Ley que moderniza la legislación tributaria, entre sus más importantes avances en la modernización tributaria, se encuentra la implantación de la boleta electrónica en forma obligatoria. Otro golpe de espada en el agua, puesto que los grandes evasores de impuestos, -las mineras extranjeras y las empresas extranjeras en general-, no emiten boletas en sus transacciones comerciales y financieras y evidentemente no están obligados a implementar la boleta electrónica, que viene solo a ser un artilugio publicitario, pura farándula, para crear la sensación de modernización y eficiencia en la lucha contra la evasión tributaria, y además, para no implementar las medidas realmente efectivas contra este flagelo.
Es fundamentalmente el pequeño comercio, artesanos, pequeño empresario que emiten boletas, y que tendrán que gastar ingentes recursos, que por lo general no tienen, porque no los necesitan, para comprar los sistemas informáticos y de comunicaciones, para poder emitir boletas electrónicas.
Y si en la actualidad existe evasión cuando un pequeño comerciante o un artesano (un gasfiter por ejemplo), no entregan la boleta en 'papel timbrado' por el SII, la evasión puede ser la misma si tampoco entrega la boleta electrónica a un cliente, por una venta o un servicio. Que la boleta sea en papel o electrónica, nada cambia si ella no se emite. Además, el tiempo para emitir una boleta electrónica, en un pequeño comercio, puede ser mayor que hacer una boleta en papel, por lo que el cliente, siempre apurado, no va esperar hasta que le entreguen la boleta electrónica.
Si por su inutilidad en el control de la evasión tributaria, en los países desarrollados no se usa la factura electrónica, y menos aún la boleta electrónica: ¿por qué ella se quiere implantar en Chile?
Simplemente porque detrás de ello existe un gran negociado, en favor de la o las empresas que le vendieron al SII la idea, la creación y la instalación de los programas o softwares para implementar las innecesarias factura y boleta electrónicas. Sería muy útil que antes de entrar a discutir el Proyecto de modernización Tributaria, los parlamentarios solicitaran al gobierno, cuanto ha gastado el SII en la implementación de la factura electrónica, y sobre todo cuanto va a gastar en la implementación de la boleta electrónica.
El Mensaje Presidencial del Proyecto de Ley que moderniza la Legislación tributaria, dice en uno de sus párrafos:
«Tenemos una oportunidad única de modernizar nuestro sistema tributario, incorporando las mejores prácticas a nivel internacional, así como hacernos cargo de los desafíos y particularidades que en materia tributaria implican los avances tecnológicos, tales como la economía digital y colaborativa, que en general han dejado obsoletos los sistemas tributarios tradicionales».
Sin embargo este proyecto no incorpora ninguna de las mejores prácticas a nivel internacional.
El secreto bancario
En los países desarrollados, el primer método contra la evasión tributaria es la inexistencia del secreto bancario de los contribuyentes, y la obligación, además, que toda transacción comercial, de venta o de compra, se debe recibir o pagar en una de las cuentas bancarias de la empresa, por cheque, letras de cambio, transferencias electrónicas, tarjetas de débito o crédito, etc. Pagar o recibir pagos en efectivo está prohibido, salvo la «caja chica», para gastos muy menores Y, por cierto, la Administración Tributaria de esos países, puede revisar la contabilidad y dichas cuentas bancarias, cuando lo estime conveniente, y sin pedir la autorización a tribunales. Todo dinero que entra (ventas) o sale (compras) de la empresa, debe obligatoriamente tener su trazado en una de las cuentas bancarias de la empresa, y poco importa que las facturas o boletas sean en papel o electrónicas, si todo pasa por una cuenta bancaria, que la Administración Tributaria puede revisar, si sospecha de alguna anomalía.
¿Por qué en Chile existe el secreto bancario? Evidentemente para evadir impuestos fraudulentamente, y debido a ese secreto en las cuentas bancarias de las empresas, el SII no pueda fiscalizar, salvo en contados casos en que sea autorizado por Tribunales.
¿Cuál es el pretexto en Chile para no suprimir el secreto bancario? Uno absolutamente falaz. Que levantar el secreto bancario de las empresas y en general de los contribuyentes, atenta contra los derechos constitucionales del respeto a la vida privada e inviolabilidad del hogar. ¿Ello querrá decir que países que instauraron el constitucionalismo, como EEUU con su revolución de 1776 y Francia, con la revolución de 1789, no respetan la Constitución, ni la vida privada e inviolabilidad del hogar de sus ciudadanos?
Es más que evidente, que en Chile, el pretexto para mantener el secreto bancario es realmente falaz, pero es sustentado por «expertos» abogados, economistas, auditores, jugosamente pagados por los más grandes evasores de impuestos, que por nada quieren que se levante el secreto bancario, para seguir evadiendo impuestos con tranquilidad.
El otro secreto que permite la evasión y elusión tributaria en Chile, y que en los países desarrollados y de la OCDE en particular no existe, es el secreto en la información contable y tributaria de los contribuyentes. En los países desarrollados es pública y transparente, mientras que en Chile, desde el 4 de agosto de 1995, con la promulgación de la ley 19.398. Una ley de la Dictadura, de 1980, permitía que el SII entregara la información tributaria de cualquier contribuyente si alguien la solicitaba, es decir, era información pública hasta 1995, cuando se implantó el secreto de la información tributaria, para que los chilenos no nos enteráramos que las empresas mineras extranjeras y en general las empresas extranjeras no pagaban impuestos o evadían la mayor parte de ellos.
La limitación de las pérdidas contables
En todos los países desarrollados no está permitido que una empresa pueda acumular pérdidas que sobrepasen la mitad del capital propio. Esta proporción varía según los países, pero puede ser inferior a la mitad del capital propio. Ello quiere decir que si las empresas acumulan pérdidas superiores a la mitad del capital propio, tienen la obligación de aumentar el capital, o poner término de giro a la empresa. Esta medida se justifica ampliamente, porque si una empresa, que durante años acumula pérdidas superiores a la mitad del patrimonio, y puede seguir funcionando, ello es un claro indicio que el o los dueños de esta empresa, la hacen funcionar con ingresos no declarados que han evadido entonces el pago de los impuestos correspondientes, o que se pueda tratar de dineros de una más dudosa procedencia.
De esta manera, la estricta limitación de las pérdidas contables de las empresas, levanta a la vez un cerco muy importante a la evasión del IVA, por lo que este tipo de evasión es muy limitada, y como consecuencia lógica, limita la evasión del impuesto a la renta. Por esta razón, pierde todo su sentido lógico y práctico, obligar a las empresas a timbrar facturas y otros documentos contables. Las facturas pueden ser hechas en cualquier tipo de papel, incluso en una hoja de papel blanco, sin ninguna necesidad de control a priori por parte del Servicio de Impuestos. El control de la facturación pasa a ser más un problema de control de gestión de cada empresa, que una preocupación del Estado, cuya fiscalización sólo se produce, si los sistemas de prevención advierten alguna anormalidad.
Contrariamente a la legislación existente en los países desarrollados, en Chile, no existe limitación a sus pérdidas contables. Al no existir límites a las pérdidas que pueden contabilizar las empresas, ello es un verdadero saco roto donde se pueden echar sin límites, ventas sin factura o sin boleta, o compras de facturas falsas para descontar IVA. Ante la inexistencia completa de cercos a las pérdidas de las empresas, es realmente irrisorio inútil implementar la factura y la boleta electrónica. Es incluso un buen negocio vender una empresa con enormes pérdidas tributarias acumuladas.
En consecuencia, si en Chile se quiere realmente luchar contra la evasión del IVA, que es la más importante de todas las evasiones tributarias, y a través de ella de la evasión al impuesto a la renta, se debe obligatoriamente poner un límite muy preciso a las pérdidas que puedan acumular los contribuyentes sujetos a llevar contabilidad. Los que sobrepasen ese límite, se les debe obligar a aumentar el capital con nuevos aportes, o proceder de oficio a su disolución.
Pero el actual proyecto de modernización tributaria del Gobierno, no le pone término al secreto bancario y tampoco le pone límites a las perdidas tributarias.