Hay una expresión que se suele escuchar a menudo cuando se quiere definir al Estado español. Normalmente se suele oír de boca de políticos dentro y fuera del Congreso, aunque tampoco es raro que aparezca en esas conversaciones de bar que pretenden arreglar el mundo. El concepto en cuestión es el «Estado de derecho» y cuando aparece suele ser para reivindicar que España es un Estado serio, en donde todos sus habitantes están sujetos a unas mismas leyes, la cuales han sido promulgadas democráticamente.
El concepto forma además parte de la definición oficial del Estado español en el Artículo I de la Constitución Española:
España se constituye en un Estado social y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Si analizamos esta definición se puede ver que los conceptos que nombra no solo están interrelacionados, sino que también unos son causa directa de otros. Una sociedad libre solo puede darse si existe igualdad ya que se entiende que esa libertad debe aplicársele a todas las personas pertenecientes a ese Estado. Una sociedad que otorga mayor libertad a unas personas que a otras no se puede considerar como una sociedad libre. De igual manera la justicia solo puede existir si se dan previamente esos conceptos de igualdad y libertad, de lo contrario no sería una sociedad justa. En cuanto al pluralismo político, también es una consecuencia directa de los valores anteriormente descritos. En un país en el que sus ciudadanos gozan de libertad es lógico que las diferentes formas de entender la sociedad acaben teniendo su correspondiente representación política.
Estos conceptos no dejan de ser una redundancia en este Artículo Primero de la C.E. ya que forman parte del propio concepto de «Estado social y democrático de derecho». Según la definición que dio en 2004 el entonces Secretario General de Naciones Unidas, Kofi Annan, un Estado de derecho sería «un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos».
Dicho todo esto se entiende que un Estado de derecho es algo que debería formar parte de cualquier sociedad moderna y libre que se precie. Son estos «valores superiores» sobre los que se supone que se sustenta nuestra sociedad y que definen nuestro modelo de Estado desde 1978.
Desde ese año en el que se aprobó la C.E. se ha dado tan por sentado que España es ese Estado de derecho que dice ser que ha acabado convirtiéndose en un axioma. Sin embargo, creo que sería justo cuestionarse esa afirmación dado que, lejos de ser una verdad incontestable, parece que la definición de Estado de derecho choca con ciertas realidades de la sociedad española.
Igualdad y justicia
La primera contradicción la encontraríamos, de forma conceptual, en el mismo Artículo I de la C.E. en su tercer apartado, el cual define a España como una monarquía parlamentaria. Por definición una monarquía choca directamente con el principio de igualdad dado que otorga privilegios a ciertas personas por cuestiones de nacimiento. También entraría en contradicción con el principio de justicia por dos razones; la primera es porque si no se cumple el principio de igualdad no puede darse el de justicia y segundo porque además el Artículo 56 de la C.E. establece la inviolabilidad del Rey, por lo que no se le puede juzgar por ningún crimen.
Si nos salimos de los conceptos y nos vamos a la realidad, encontraremos casos prácticos como el caso Nóos en cuyo juicio la Abogacía del Estado dejó claro que el principio de igualdad no se cumple en España cuando defendió el archivo de la acusación contra la Infanta Cristina alegando que el lema «Hacienda somos todos» era tan solo un eslogan publicitario. Finalmente, la absolución de la Infanta también acabó por confirmar que la justicia tampoco es igual para todos.
Esta falta de igualdad ante la justicia no es solo exclusiva de la monarquía. Instituciones como la Iglesia Católica y los grandes poderes económicos también gozan del beneplácito de los tribunales. En el caso de la Iglesia no hay más que irse al Concordato con la Santa Sede, firmado entre el Vaticano y el régimen franquista en 1953 y que más tarde fue ratificado por el gobierno español en 1979. En el Artículo XVI del mismo establece privilegios como que los Prelados «no podrán ser emplazados ante un juez laico sin que se haya obtenido previamente la necesaria licencia de la Santa Sede» o que «las penas de privación de libertad serán cumplidas en una casa eclesiástica o religiosa». No hace falta decir que estos preceptos no parecen ser muy compatibles con el concepto de igualdad.
En cuanto a los poderes económicos, se podrían encontrar multitud de ejemplos en los que el dinero ha descompensado la balanza la de justicia. Tanto es así que actualmente está asumido que la justicia es para quien se la pueda pagar. Por un lado están las tasas judiciales, las cuales dificultan el acceso a la justicia a quienes no pueden costearse el proceso, y por otro está el hecho de que las sentencias suelen ser considerablemente más favorables para aquellas personas que pueden pagarse un caro bufete de abogados. Por si fuera poco, en los últimos años hemos visto casos en los que el favoritismo judicial y legal para con las grandes fortunas ha sido flagrante. Tal es el caso de la inconstitucional amnistía fiscal aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 ya que sus beneficiarios no hicieron frente no solo a ninguna consecuencia legal, sino tampoco política o social dado que no se ha hecho — ni presumiblemente se hará — pública la lista de amnistiados.
Otro caso especialmente hiriente fue la decisión del Tribunal Supremo de echarse atrás en el caso de los impuestos de las hipotecas -Actos Jurídicos Documentados-; la decisión de anular la sentencia inicial estableció la predominancia de los intereses de la banca por encima de los de la ciudadanía. A todo esto habría que añadirle además los más de 40.000 millones de euros que el Estado les regaló con el rescate bancario.
Visto todo lo anterior parece algo complicado asegurar que en España gozamos de igualdad y justicia, ni en la práctica ni en la teoría.
Como apuntaba al comienzo del artículo, si no se cumple ese principio de igualdad es imposible que se den los de libertad y justicia. Aun así, me gustaría añadir otras particularidades de la legislación española que chocan con ese concepto de «Estado de derecho». Una sería la llamada Ley de Seguridad Ciudadana, también conocida como «Ley Mordaza», cuya derogación ya ha sido pedida por la ONU dado que considera que atenta contra derechos fundamentales. La otra sería la Ley de Amnistía de 1977, que en opinión de la ONU impide juzgar crímenes contra los DDHH. Ninguna de estas leyes parece ajustarse mucho a esos «valores superiores» de libertad, justicia e igualdad.
Estado de derecho
Volviendo al concepto de Estado de derecho que definió Annan en 2004, se podría afirmar que España no entra en esa definición dado que nuestras leyes no se «hacen cumplir por igual» ni se «aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos».
España se define a sí misma en su Artículo I de la C.E. como «Estado social y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político». Sin embargo, todo lo anterior no solo pone en duda que sea un Estado de derecho, sino también que la libertad, la justicia o la igualdad sean los valores sobre los que se sustenta su ordenamiento jurídico; por último estaría el pluralismo político, el cual no parece que tampoco sea muy deseado por los poderes del Estado a juzgar por lo que ha salido a la luz en el caso Villarejo. Todo ello hace que la autodefinición que hace España en su Constitución sea completamente falsa.
La afirmación de que España sea un Estado de derecho demuestra, a poco que se ponga en duda, no solo que no es un axioma, sino que más bien es una falacia.