La principal especificidad del Gobierno de Salvador Allende fue, probablemente, intentar la transformación socialista de la sociedad utilizando los espacios legales abiertos por las conquistas democráticas, las que serían mantenidas y acrecentadas.

El texto que mejor presenta este proyecto, conocido como "vía chilena al socialismo", es el primer “Mensaje” (cuenta pública) del Presidente el 21/5/1971. Allí anuncia que:

Chile es hoy la primera nación de la Tierra llamada a conformar el segundo modelo de transición a la sociedad socialista […] Vamos al socialismo por el rechazo voluntario, a través del voto popular, del sistema capitalista […] tendremos la energía y la capacidad de modelar la primera sociedad socialista edificada según un modelo democrático, pluralista y libertario.

(Salvador Allende)

Si los aspectos económicos y sociales de la Vía chilena son más o menos conocidos, el proyecto institucional lo es mucho menos y su propia existencia suele ser ignorada o incluso negada. Esta es la tesis central del libro de Genaro Arriagada De la vía chilena a la vía insurreccional (prologado por Frei Montalva) publicado en 1974 bajo dictadura. Su tesis es que la Vía chilena solo tuvo un “carácter artificial, desprovisto de toda base política” y antes de un año “no queda rastro de ella”, ya que la Unidad Popular la abandonó para dedicarse a preparar la “vía insurreccional”. Casi medio siglo después Ignacio Walker, expresidente de la DC, reivindica este libro que, en su opinión, muestra “la absoluta carencia de base política del proyecto presidencial sobre la Vía chilena”.

Existen, sin embargo, más que rastros de los intentos de dar una concreción institucional a la Vía chilena. El primero es el proyecto de reforma constitucional depositado en noviembre de 1971. Y el segundo es el proyecto de Constitución dado a conocer en septiembre de 1972. En este artículo proponemos un resumen de ellos.

El proyecto de reforma constitucional de noviembre 1971

El texto fue firmado por Allende en La Moneda el 10 de noviembre –horas antes de la llegada de Fidel Castro– y presentado ante la Cámara de Diputados. Su contenido reviste una importancia mayor ya que se trata del primer intento de reconfigurar las instituciones en un sentido socialista.

Sus 13 artículos pueden resumirse así: sustituye las dos cámaras por una sola llamada “Congreso Nacional” (no se habla de “asamblea popular” ni de “cámara única”), electo por seis años, al mismo tiempo que el Presidente. Se adecua el número de representantes a la población: un congresista por 60 mil habitantes; las agrupaciones provinciales tendrán mínimo 15 representantes (lo que daría unos 160 congresistas). Los partidos pueden presentar candidatos al Congreso separada o conjuntamente; en este último caso deberán declarar el pacto y el programa al Registro Electoral. Los chilenos residentes en el extranjero adquieren el derecho a voto.

Los parlamentarios deben ejercer con dedicación exclusiva y “por ningún concepto podrán percibir del Estado, al mes, una suma que exceda de 20 sueldos vitales”(un vital es equivalente al salario mínimo). Podrán ser reelectos una vez; cesan si dejan de asistir a cinco sesiones consecutivas y, en caso de muerte, los reemplaza el siguiente de su lista (lo que suprime las elecciones parciales).

Las leyes pueden iniciarse por mensaje (iniciativa del Ejecutivo), moción (iniciativa parlamentaria), y –lo que es nuevo– por iniciativa popular. Esta “requerirá la firma de, a lo menos, cinco mil ciudadanos o el patrocinio de la CUT”(la central sindical). El Presidente puede disolver el Congreso una vez durante su mandato y convocar elecciones entre 60 y 90 días. El procedimiento de tratamiento de las leyes es simplificado (en 1971 hay hasta cinco trámites) y se instaura la asesoría técnica de las comisiones (entonces un vacío mayor).

Pone fin al carácter vitalicio de los miembros de la Corte Suprema, los que “durarán como máximo seis años en sus cargos y no podrán ser designados nuevamente”. Los que hubiesen permanecido ese tiempo, deben iniciar su expediente de jubilación.

Establece la igualdad jurídica entre mujeres y hombres, eliminando la absurda incapacidad legal de la mujer casada y las humillantes discriminaciones contra madres solteras e hijos “ilegítimos”. El padre tiene la obligación de ayudar a la madre y a su hijo:

Las leyes chilenas no podrán contener disposiciones discriminatorias en razón de filiación, sexo, raza, ideología o religión. Tampoco podrán establecer diferencias de capacidad para la mujer en razón de su estado civil. Las madres, cualquiera que sea su estado civil, tienen los mismos derechos ante la ley. Las leyes chilenas establecerán un sistema adecuado que posibilite una efectiva investigación de la paternidad.

El Estado establecerá un sistema nacional de atención jurídica que asegure a todos los habitantes de la República la posibilidad de ejercer efectivamente sus derechos. La ley podrá determinar la gratuidad de esta atención.

Indica que la ley determinará las empresas que integrarán el área social y mixta. Reserva al Estado los bancos, seguros, operaciones de cambio internacionales, ferrocarriles, el transporte aéreo y marítimo, correo, telégrafo y telecomunicaciones, la producción y distribución de electricidad y gas, la refinación del petróleo, la distribución mayorista, la producción de celulosa, papel, cemento, siderurgia, química pesada y los armamentos.

Asegura la estabilidad en el empleo y establece el derecho a: la salud “en forma igualitaria, democrática, integral y oportuna”; la vivienda que será inembargable hasta 100 m2, la jornada normal de ocho horas y a vacaciones anuales pagadas.

Las críticas de la oposición se centran, con vehemencia, contra el proyecto de Congreso unicameral, equiparando la “cámara única” con “partido único” y totalitarismo marxista, mientras silencia los progresos democráticos y sociales. El senador Carmona (DC) acusa al Gobierno de “esconder sus verdaderos objetivos”, que son “transformar la cámara única en asamblea popular”. La revista Ercilla afirma que el Partido Socialista quiere “clausurar el Parlamento, llamar un plebiscito e instaurar la Asamblea del Pueblo . El Mercurio asevera que el proyecto de cámara única “no solo pretende la destrucción del actual Congreso Nacional, sino que atentar contra la independencia del poder judicial al limitar a seis 6 años el cargo de los miembros de la Corte Suprema.

La Unidad Popular, minoritaria en ambas cámaras, comprende que no hay margen de negociación y que tiene pocas posibilidades en un eventual referéndum cuyo debate estará centrado en la “cámara única”. El Gobierno decide retirar la urgencia el 6 de diciembre de 1971, con la esperanza que lleguen tiempos mejores que permitan una negociación. El proyecto no volverá a ser debatido.

Es evidente que fue introducido con retraso. De haberse propuesto un año antes, en noviembre o diciembre de 1970, cuando el sector de izquierda de la DC era aún fuerte, podría haber sido aprobado, al menos en una buena parte. Pero en octubre y noviembre de 1971 la oposición está unificada en torno a la obstrucción absoluta de lo que venga del Gobierno.

El proyecto de Constitución anunciado en septiembre de 1972

Después del “congelamiento” de la reforma constitucional, Allende encomienda a un grupo de colaboradores el diseño de un proyecto de nueva constitución. Su estrategia es proponerlo primero al país y abrir un gran debate nacional que se transforme en el tema central de las elecciones parlamentarias de marzo de 1973. El Gobierno recogería críticas y sugerencias e introduciría modificaciones. Luego el texto definitivo sería enviado al Congreso y culminaría con un probable referéndum a efectuarse antes del fin de mandato en 1976.

Componen el equipo el ministro de Justicia Jorge Tapia (PR) encargado de las ponencias Estado gobierno y soberanía, Nacionalidad y ciudadanía y Administración de la justicia; el secretario general de Gobierno Sergio Insunza (PC) a cargo de Partidos políticos y pluralismo; el diputado Luis Maira (IC) prepara Delimitación de las áreas económicas y Sistema tributario y financiero; el jurista de Codelco Waldo Fortín (PS) desarrolla Garantías políticas e individuales y Fuerzas Armadas; el consejero jurídico del Presidente Eduardo Novoa trabaja Derechos y deberes de los ciudadanos, Constitución y legalidad y Garantías sociales y económicas; y el jurista Iván Auger se encarga de Administración territorial y Sistema de planificación. Participan también el ministro de la planificación Gonzalo Martner y el politólogo Joan Garcés como representante del Presidente.

Trabajan intensamente en el edificio Gabriela Mistral (sede de la UNCTAD III en abril 1972), especialmente durante el mes de agosto de 1972. El proyecto es conocido por la dirección de la CUT, presidida entonces por Luis Figueroa (PC).

El 4 de septiembre de 1972 –día marcado por colosales manifestaciones que celebran el segundo aniversario de la victoria electoral (700 mil manifestantes en Santiago y dos millones en el país, según AFP)– Allende entrega copia del proyecto a cada partido de la UP.

Al día siguiente, el 5 de septiembre de 1972, el Presidente da a conocer sus ideas fundamentales en una reunión pública con dirigentes de los partidos de la UP en el Estadio Chile (actual Estadio Víctor Jara). Hay varios artículos en la prensa, como el comentario de Luis Hernández Parker en Ercilla del 20 de septiembre.

Pero días después fue perpetrado el intento de golpe conocido como “plan septiembre” de 1972, seguido por la huelga insurreccional de octubre y el ingreso de militares al gabinete. Hechos que, entre otros, hicieron pasar esta iniciativa a segundo plano.

En agosto y septiembre de 1973, el Presidente resuelve salir de la crisis consultando la ciudadanía sobre la nueva constitución. Así lo anuncia al mediodía del domingo 9 de septiembre al comandante en Jefe del Ejército, Augusto Pinochet, y al general Urbina. El lunes 10, La Moneda instruye a radioemisoras y televisiones para que preparen la cadena nacional el martes 11…

Durante dos décadas el proyecto permaneció casi desconocido, con la excepción del discurso de Allende el 5 de septiembre de 1972. Hasta que en 1993, el Centro de Estudios Políticos Simón Bolívar y Fundación Presidente Allende (España), publicaron un folleto de 32 páginas que da a conocer, por primera vez, el diseño constitucional del Gobierno de la Unidad Popular. El prólogo de Joan Garcés relata como Eduardo Novoa, después de una acuciosa búsqueda, dio con la penúltima versión; la definitiva era más pulida, pero “sin que cambiara nada substancial”. Este texto, junto al discurso del 5 de septiembre de 1972, son las fuentes más precisas que permiten conocer la dimensión institucional de la Vía chilena.

Principios, deberes y derechos

Los capítulos Estado gobierno y soberanía, Nacionalidad, ciudadanía y deberes y derechos, definen a la República de Chile como:

Un Estado unitario, de Gobierno democrático y popular, que se apoya en la fuerza creadora de los Trabajadores. Integra la comunidad latinoamericana….

Todo poder reside en el pueblo. La sociedad se funda en valores de libertad, igualdad, solidaridad y justicia, que aseguren un desarrollo digno a la persona humana. Garantiza la libertad creadora en el terreno de la investigación científica; el derecho a participar de la vida cultural y el perfeccionamiento físico. El sistema electoral asegura la representación proporcional de todas las opiniones.

Los extranjeros que residan más de 15 años en Chile podrán nacionalizarse sin perder su nacionalidad anterior. Ninguna ley puede limitar el sufragio; se garantizarán los derechos de los ciudadanos residentes en el extranjero.

Asegura el respeto de los derechos humanos: mantiene la vigencia del “Estatuto de garantías” redactado por la UP y la DC en 1970 y añade los derechos que figuran en la Declaración de Derechos Humanos de la ONU de 1948, como el rechazo de la tortura. Garantiza la igualdad entre el hombre y la mujer, la protección de la infancia y de las madres durante el embarazo y los primeros años de los hijos. Protege la familia, proscribiendo las discriminaciones en razón de la situación familiar. Al mismo tiempo, incluye las obligaciones con los demás: se exige a toda persona aplicar su capacidad personal al bien de la sociedad; cada cual debe trabajar, participar en las tareas sociales previstas por la ley, resguardar el patrimonio nacional, los recursos naturales, la propiedad social, y cumplir con las obligaciones militares.

El Estado está encargado de aplicar una política económica, de salud, social y cultural, que permita aprovechar las aptitudes de cada cual, apuntando a una disminución progresiva de la jornada de trabajo, y a la superación de las diferencias entre el trabajo intelectual y manual. Se reconoce el derecho a la participación en la conducción de sus centros de trabajo, reconociendo a la CUT.

La seguridad social es un servicio público basado en el principio de la solidaridad, financiada por los ingresos generales del Estado. Todos tienen derecho a la atención médica, salas cunas, subsidios por enfermedad, accidentes, maternidad; pensiones por vejez e invalidez; subsidios de cesantía y por menores dependientes.

La educación es asegurada por el Estado desde la etapa preescolar, buscando despertar las capacidades creadoras y exaltando el trabajo humano como el más alto valor. Se reconoce la libertad de enseñanza, pero sólo la educación privada gratuita y que no perciba fines de lucro recibirá del Estado una contribución económica.

Las universidades estatales y las privadas reconocidas por el Estado, serán proveídas de un adecuado financiamiento. El acceso a ellas dependerá de la idoneidad de los postulante.

El pueblo mapuche, y otros grupos autóctonos, tendrán el derecho de desarrollar su personalidad cultural y a utilizar su lengua. Además, el Estado se encarga del saneamiento del ambiente, a fin de evitar riesgos ecológicos.

Instituciones

Se mantiene el régimen presidencial y bicameral (a diferencia del programa de la UP que proponía un Parlamento unicameral). El Presidente es electo por seis años y puede disolver las cámaras una vez en su mandato. La Cámara de diputados es electa por sufragio universal (un diputado por 70 mil habitantes). Pero la nueva cámara alta, llamada Cámara de Trabajadores, es electa por votación directa de los trabajadores.

La definición de “trabajador” es amplia: todo aquel que vive de su trabajo, excluyendo los que lucran con el trabajo asalariado de otros y los que viven de la especulación. Esta cámara revierte la antigua significación del Senado como cenáculo oligárquico, para transformarla en representante de la gran mayoría social, pero no universal.

Las leyes pueden tener su origen en el Ejecutivo, en la Cámara de Trabajadores o en una iniciativa popular que reúna 5.000 firmas.

La Procuraduría General de la República vela por el respeto de la legalidad de funcionarios y ciudadanos. El Procurador General es designado por la Cámara de Diputados, a proposición del Presidente; su mandado cesa con el del Presidente.

La Contraloría se encarga de fiscalizar la contabilidad del Estado, pero no puede sustituir a la justicia ejerciendo un control jurídico de los actos de la administración (como lo hizo el contralor para oponerse a los decretos del Gobierno de la UP).

Los integrantes de la Corte Suprema son designados por la Cámara de Diputados, a propuesta en terna del Presidente (uno de ellos debe ser un abogado ajeno al Poder Judicial), por 10 años renovables, con fin de carrera a los 65 años.

El Tribunal Constitucional mantiene su facultad de dirimir conflictos entre el poder Ejecutivo y Legislativo y se añade la de conocer conflictos entre las autoridades políticas y judiciales. Se constituyen Tribunales Vecinales electos por los vecinos, encargados de juzgar conductas litigiosas que no estén entregadas a la ley, con eventual asesoramiento.

Cada comuna tendrá su Municipio electo por sufragio universal, concibe y aplica un plan de desarrollo. Y un Cabildo vecinal, compuesto por representantes de organizaciones comunitarias, empresas y sindicatos, se encarga de resolver los problemas comunales.

Las ciudades serán administradas por un Cabildo Metropolitano, conformado por sus municipios. Las provincias (entonces 25) son dirigidas por una Junta provincial. Se añaden regiones (entonces inexistentes) como entidad de planificación. Las dirige un viceministro designado por el Presidente y un Consejo de desarrollo regional, compuesto por representantes de las Juntas provinciales.

El capítulo sobre las Fuerzas Armadas no presenta novedades: tienen misiones de defensa y de participación en el desarrollo del país.

Y la función pública no puede acarrear otros beneficios que las remuneraciones otorgadas por la ley.

Economía

El Sistema nacional de planificación es el principal instrumento de promoción del desarrollo nacional encargado de elaborar un plan económico que contenga los objetivos de desarrollo que impulsará el Gobierno durante su mandato. Lo dirige el Presidente y lo integra un Consejo de Desarrollo Económico consultativo, con participación de trabajadores y de medianos y pequeños empresarios.

La economía se organiza en tres sectores. El social, conformado las empresas estratégicas para la vida nacional, todas ellas propiedad de la nación. Lo conforman la banca y los seguros; la gran minería del cobre y la extracción de petróleo y de gas; la producción y distribución de electricidad y de gas; el transporte ferroviario, aéreo y marítimo; las comunicaciones telefónicas y el correo; y la producción de acero, cemento, papel, armamentos, explosivos y la industria química pesada. El sector mixto está compuesto por empresas con participación pública y privada. Habrá un sector cooperativo. Y un sector privado. Se garantiza la propiedad y gestión privada de la mediana y pequeña empresa.

La agricultura también se organiza en tres sectores: el estatal, el privado y el reformado (los asentamientos creados por la Reforma Agraria) bajo diferentes formas de administración campesina. Los predios de menos de 40 hectáreas no podrán ser expropiados, salvo abandono.

El sistema financiero debe asegurar recursos al desarrollo del país, incluyendo las necesidades culturales, sociales y sanitarias, de defensa y de seguridad interior. Lo componen el presupuesto del Estado, las empresas del área social y mixta, los fondos de reserva de los seguros y del sistema de seguridad social y el saldo consolidado de los créditos.

El sistema tributario es progresivo según la fortuna del contribuyente y tiene la finalidad de desempeñar un rol redistribuidor de la renta nacional.

Los chilenos no pudieron debatir ni pronunciarse sobre este proyecto. En algunos aspectos es sin duda perfectible, en otros está sobrepasado, pero gran parte de sus propuestas pueden ser inspiradoras de una constitución democrática y social.

Sitúa Chile en América latina. Amplía la democracia implantando la representación proporcional y la iniciativa popular, y auspicia la participación popular a todo nivel.

Garantiza seguridad social a cargo del Estado, igual que el derecho a la educación.

Otorga derechos al pueblo mapuche, vela por un medioambiente sano. Y para conseguir los recursos que aseguren estos derechos sociales, afecta a la sociedad sectores claves de la economía. Propuestas que mantienen una extraordinaria vigencia.