Año de elecciones. Único requisito para poder participar: tener nacionalidad española y más de 18 años. Lo primero no tiene mérito alguno, lo segundo es cuestión de tiempo. Para casi nada se precisan tan pocos requisitos. Extraño, ¿verdad? ¿Cuántos son los ciudadanos que conocen el sistema electoral y sus reglas, el sistema político español y sus características? Incluso para poder conducir un vehículo se piden más requisitos.

Por eso muchos de los que opinan de política y participan en las elecciones, en realidad, no tienen ni idea de qué va. Si son de los que creen que el soberano de España es el rey, que las leyes las hace el gobierno o que el presidente lo elegimos los ciudadanos, deben leer este artículo para corregir esos errores y que su voto sea más digno. Porque sí, tenemos suerte, los votos se cuentan, no se pesan.

¿Quién nos representa?

Según nuestra Constitución de 1978, España es un Estado y su forma política es una monarquía parlamentaria basada, como todos los sistemas democráticos posteriores al Antiguo Régimen, en la soberanía nacional, la división de poderes y un sistema parlamentario, en nuestro caso, bicameral.

Es, por tanto, una democracia parlamentaria representativa. Esto es, los parlamentarios elegidos representan a los ciudadanos en las cámaras, no teniendo estos que llevar a cabo ejercicio directo de la política. Es decir, delegamos nuestra voluntad política para que los políticos elegidos, como representantes legítimos de la misma, la ejerzan en nuestro nombre. Y esto es así porque, como es fácil de entender, la gran mayoría de los ciudadanos no tenemos tiempo y/o conocimientos para llevar a cabo la acción política, además de la imposibilidad operativa de que un sistema de democracia directa sea eficaz.

Eso sí, los políticos elegidos, al ser nuestros representantes, nos deben explicaciones, lealtad; al fin de al cabo, son nuestros empleados para el ejercicio de la «cosa pública». Y, en el ejercicio de nuestra soberanía, están sometidos al imperio de la ley y al juicio de nuestra voluntad ejercida en las elecciones. De ahí la importancia que tiene el sistema electoral.

¿Cómo elegimos a nuestros representantes?

La explicación ortodoxa dice que en España no hay un solo sistema electoral, depende del órgano que se elija y, a excepción de las elecciones autonómicas, todas reguladas por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) de 19 de junio de 1985.

Las elecciones al Congreso se realizan mediante un sistema proporcional con una corrección mayoritaria. Así, cada provincia es una circunscripción electoral que elije dos diputados por el hecho de ser provincia, excepto Ceuta y Melilla que eligen un diputado cada una, más el número de diputados que tienen ya determinados y estos son elegidos proporcionalmente, es decir, por un reparto porcentual.

Pero, hay que tener en cuenta que no es posible matemáticamente la proporcionalidad pura. Lo explico contextualizando la exposición.

Tradicionalmente existen dos criterios para repartir escaños, el sistema proporcional y el mayoritario. El sistema proporcional, también llamado «Continental» ya que es el que en más número se da en el continente europeo no insular, y el sistema mayoritario, también llamado «Westminster», que se da principalmente en Inglaterra y Estados Unidos. Ninguno es mejor o peor, todo depende de qué se quiera potenciar en la política de un país o las características de cada Estado.

En el sistema mayoritario las circunscripciones son más pequeñas que en el proporcional de tal forma que cada una elije un representante. De ahí que el que gane, aunque sea por un voto, se lleva la representación. ¿Qué características políticas plasma este sistema? La primera es que cada elegido sabe a qué territorio representa, por lo que se genera una correlación entre votantes y votados que hace que los políticos sientan que deben dar cuentas en primer lugar a sus conciudadanos antes que a su partido. Evidentemente esta característica es positiva, hay muchas más, otra evidente es que es más sencillo alcanzar mayorías porque, como el que gana, aunque sea por un voto, se lleva la toda la representación, con tener un diputado más, se alcanzará la estabilidad.

En el otro lado tiene una característica muy negativa y es esta: se pierde pluralismo y no todas las sensibilidades obtienen representación. Me explico. Como el partido que gana en cada circunscripción se lleva el representante en juego y los partidos con opciones de ser los más votados en alguna circunscripción de su país suelen ser dos o tres, esto hace que el Parlamento básicamente tenga dos partidos y, si tiene algún diputado de un tercer o cuarto partido, la diferencia entre estos y los dos partidos más votados será muy grande. Es decir, el sistema mayoritario facilita la existencia de mayorías, pero reduce la representatividad al reducir el número de partidos.

Por eso, los países con sistema mayoritario suelen tener representación bipartidista, es decir, dos partidos que se alternan en el poder. Por lo que otros partidos, o son testimoniales o desparecerán. Conservadores y laboristas en Inglaterra. Republicanos y demócratas en Estados Unidos. Y, si en España tuviésemos ese sistema, solo tendríamos representación seguramente del PSOE, PP y algún partido nacionalista o regionalista si gana en alguna circunscripción.

Este sistema se suele dar en países de carácter presidencialista y, si, por ejemplo, en España se modificase el sistema a uno donde la lista más votada gobernase, pasaría una de estas dos cosas. O iríamos a un sistema presidencialista con un poder ejecutivo más fuerte y menos pluralidad política o, si no se reforma en profundidad, se mejoraría la capacidad de formar gobiernos estables, pero sin apenas posibilidad de gobernar, al necesitar el consenso del poder legislativo (Parlamento).

El sistema proporcional, por el contrario, tiene como uno de sus puntos fuertes, el pluralismo, la alta representatividad y la diversidad. Ya que reparte varios escaños por circunscripción proporcionalmente.

Pero, como es lógico, no existe la proporcionalidad pura. El motivo es obvio, si un partido tiene un 34.63% de los votos y otro un 23.97% para ajustar varios decimales, los diputados no pueden ser desmembrados para ejercer su labor (ni para ejercer labor alguna, evidentemente). Es decir, se deben elegir diputados enteros. Y, ¿cómo se corrigen los decimales?

Hay varias posibilidades, en España se optó por aplicar la llamada Ley D’Hondt. Una formula inventada por un matemático suizo que reparte beneficiando a los partidos más votados, ojo, no al partido más votado, sino a los más votados. Dependiendo del volumen de votos y de los restos que haya, distribuye aquellos al partido los partidos más votados gradualmente.

Ha habido muchas críticas a este sistema de reparto, pero en mi opinión, no solo tiene enormes beneficios, sino que además logra lo que se pretendió al diseñar nuestro sistema electoral.


D'Hondt

Ejemplo de la diferente distribución de un sistema proporcional puro y uno con corrección de la Ley D’Hondt. El ejemplo es de una provincia que elige a 9 diputados y hay 6 partidos con votos recibidos. Como puede verse, al aplicar la Ley D’Hondt salen beneficiados los partidos con más votos en detrimento de los menos votados. De tal forma que, aunque se mantiene el pluralismo, facilita la existencia de mayorías.

Hay que tener en cuenta que veníamos de una dictadura por lo que lo que se quería era conseguir el mayor pluralismo posible, es decir, que todas las sensibilidades e ideologías posibles tuvieran representación y voz en el Parlamento y, por otro lado, que fuese más sencillo que en un sistema proporcional puro llegar a gobiernos estables.

Esto es así porque, si en el sistema mayoritario es sencillo ejercer el poder casi sin acuerdos, porque quien más suma tiene todo el poder, en un sistema proporcional, al haber muchos partidos y sensibilidades para formar la mayoría, es necesario mantener una actitud de diálogo, negociación y respeto para sacar adelante decisiones, medidas, leyes, etcétera. De hecho, lo habitual en un sistema proporcional es que necesiten apoyos de otros grupos parlamentarios o que haya gobiernos de coalición.

Es decir, el sistema proporcional como el que tiene nuestro Parlamento garantiza mayor pluralismo y representatividad, pero necesita de mayores cotas de dialogo, tolerancia y negociación, donde, además, la regla común es que un partido no tenga todo el poder. Así, de paso, se eliminan posiciones radicales ya que todo debe ser negociado, y quien no quiera negociar o diga que no a todo, simplemente se situará extramuros del sistema.

En España, hasta ahora, el voto se concentraba casi en dos partidos, PP y PSOE, por lo que casi alternaban como si de un sistema mayoritario se tratara, aunque más de una vez se apoyaron en terceros partidos para lograr mayorías. En cuanto ha madurado nuestra democracia, ha pasado lo que debía pasar, que hay más actores políticos, que es prácticamente imposible lograr mayoría absoluta, por lo que veremos habitualmente gobiernos de coalición, necesidad de apoyos de terceros, cuartos y quintos partidos, etcétera. Ahora solo nos falta aprender a negociar, ceder y llegar a acuerdos con tolerancia y moderación.

Si en este contexto, los partidos de la oposición se niegan a todo por norma y si los partidos de gobierno no dialogan con el resto de los grupos, este sistema no funciona. Si alguien no está dispuesto a tener un talante dialogante y moderado, la solución es fácil: sistema mayoritario. Aunque, reitero, lo negativo es que prácticamente solo tendríamos la presentación de dos partidos y perderíamos pluralismo.

Seguimos con el sistema de elección de los miembros del Congreso. Las listas que presenta cada partido a las elecciones son bloqueadas y cerradas. Es decir, son elegidas por los partidos políticos, no pudiendo incluir o sacar nombres, ni alterando el orden. Esto, como todo, tiene su lado bueno y su lado malo.

Dentro de lo negativo, al hacer las listas los partidos, los candidatos se deben a la disciplina de estos, al aparato y a su lógica oligárquica no democrática. Normalmente los partidos no colocan a los mejores en las listas, si no a los que, de acuerdo con la familia del partido que domine en ese momento o al «jefe» del mismo, resulten más afines. Estoy exagerando, también se pondrá a los que se creen que son los mejores, pero siempre hay cierta lógica partidista.

En ese sentido, da la sensación pues que listas abiertas o desbloqueadas serían mejor opción. Las primeras son que cada elector pueda incluir en la lista a quien quiera esté o no esté a priori en la lista, lo segundo es que pueda alterarse el orden de la lista según quiera el elector. Bien, pues las listas abiertas también tienen un gran inconveniente. Y es que pueden potenciarse los populismos, es decir, si un miembro de un partido tiene mucho carisma, buenas dotes de oratoria o maneja bien argumentos populistas, aunque no tenga formación, experiencia o brillantez para ser elegido, puede serlo, al margen de la experiencia que tenga en el partido y la afinidad real que tenga con él.

Un ejemplo: si un Nobel de economía se presentara por un partido y, al tiempo, se presentará una tertuliana del corazón muy popular entre el pueblo llano, ¿quién creéis que tendría más posibilidades de recibir más votos?

Bueno, pasemos a la elección en el Senado. Si alguien no estaba de acuerdo con la elección proporcional del Congreso y defiende las ventajas del sistema mayoritario, que sepa que esta existe en el Senado y que, obsérvese el histórico, prácticamente no varía el resultado del Congreso salvo en una cosa, suele ser más fácil obtener mayoría por la propia naturaleza de la elección.

En las elecciones autonómicas se sigue el procedimiento de las legislativas a Cortes Generales. En cada comunidad la circunscripción es la provincia y la cantidad de diputados autonómicos se determina en razón proporcional a los habitantes, excepción hecha del País Vasco que cuenta con 25 diputados por cada territorio histórico.

También las elecciones locales se organizan de forma muy similar, salvo los municipios en régimen de Concejo abierto y los de menos de 500 habitantes, con aplicación del método D’Hondt. Sirven, además, estas elecciones para elegir de modo secundario a los miembros de la diputación provincial.

Por último, las elecciones al Parlamento Europeo también se hacen mediante listas, voto proporcional y colegio nacional único. Al ser único el colegio, es decir, la circunscripción, suele ser más fácil lograr representación. Por ello, los partidos nuevos, al surgir, suelen preferir estas elecciones para presentarse por primera vez, ya que lograran fácilmente más escaños y la resonancia es más grande. Tenemos dos ejemplos recientes, Podemos y VOX.

Por cierto, un detalle anecdótico. La gran mayoría de las encuestas electorales que se publican no tienen en cuenta, ya que sería muy costoso en tiempo y dinero, la circunscripción que se aplica a cada elección. De ahí que, salvo en las elecciones europeas, de circunscripción nacional o en las autonómicas uniprovinciales, las previsiones tienen mucho margen de error, por lo que únicamente recomiendo darles fiabilidad si la diferencia de votos entre unos partidos y otros es muy grande. De no ser así, lo más prudente es considerarlas poco representativas con predominio del «empate técnico».

¿Quién hace las leyes?

Una vez elegida la distribución de las cámaras, vamos a poner como ejemplo las elecciones generales, toca elegir al presidente del gobierno. Como hemos visto, los ciudadanos lo que elegimos es la distribución del Parlamento, de tal forma que los 349 diputados elegidos nos representan y, por la forma de reparto proporcional, todos nosotros y nuestras sensibilidades políticas están allí contenidas. Eso es lo que le da su legitimidad y, por ello, y su naturaleza, un parlamento nunca será ilegitimo.

Esa legitimidad es la expresión de nuestra voluntad como ciudadanos, que delegamos nuestra soberanía para que nos representen independientemente de nuestra ideología, posición social, condición, raza, etcétera. Porque, en las democracias surgidas tras la caída del Antiguo Régimen, una de sus características principales es: la soberanía ya no reside en el rey, monarca o en quien conquiste, fuerce o detente el poder, no, la soberanía reside en el pueblo, en nosotros. Los ciudadanos somos soberanos, por eso el rey no es el soberano de España, lo somos los ciudadanos. Y así está escrito en nuestra Constitución y en las de todos los países democráticos que en el mundo son.

¿Y cuál es la función principal de ese parlamento legítimo que representa la soberanía que tenemos los ciudadanos? Muy fácil, la más alta responsabilidad que existe en el sistema democrático, legislar. Es decir, hacer las leyes, reglas de convivencia, proteger a la nación y al Estado (obsérvese que Estado, nación y país no son lo mismo, aunque no voy a entrar ahora en ese complejo tema). O sea, el gobierno no hace las leyes, las hace el poder legislativo, el Parlamento, es decir, nuestra soberanía trasladada a la representación en el Parlamento.

El gobierno es el poder ejecutivo, es decir, dirige la política nacional y la administración, ejecuta los acuerdos tomados en el Parlamento, representa al Estado y lleva a cabo la operatividad del sistema. Pero no legisla, quien legista es al Parlamento. Me explicaré mejor ya que mucha gente cree que el gobierno hace las leyes y, por eso, legisla, pero no es así.

Antes de elaborar y aprobar una ley, esta debe tramitarse en el Congreso. El gobierno, los partidos, los parlamentos autonómicos e incluso los ciudadanos pueden impulsar la tramitación de una norma. Cuando el gobierno impulsa una ley lo llamamos «proyecto de ley», cuando lo hacen los grupos parlamentarios, «proposición de ley» y cuando proviene de los ciudadanos, «iniciativa legislativa popular» y será necesario que la propuesta sea ratificada con la firma de, al menos, 500,000 personas.

Una vez en el Congreso, esta norma debe debatirse, «afinarse», someterse al juicio de la soberanía nacional, corregirse, mejorarse, enmendarse y, finalmente, aprobarse o no. Es decir, es el Parlamento el que hace las leyes, esencia de la democracia al ser, reitero, el poder legislativo.

Lo que pasa es que esto no suele funcionar bien siempre, de hecho, lo normal es que no funcione adecuadamente. Si un partido tiene mayoría absoluta, si no quiere modificar, adaptar y corregir una ley, no lo hará, ya que impondrá su mayoría. En ese sentido, por fuerza habrá un espíritu más democrático cuando un gobierno esté en minoría, precise apoyos desde fuera de su grupo parlamentario o sea de coalición.

Ahora bien, la capacidad de dialogo, tolerancia y respeto al resto de ideas también se entrenan. Por ejemplo, esta vez estamos teniendo en España un gobierno de coalición y pocas han sido las ocasiones en las que el gobierno se ha visto apoyado por otros que no fueran sus socios de investidura.

Sin duda, esto es motivo de revisar la capacidad de dialogo de los grupos parlamentarios. Da la sensación de que algunos de ellos no están muy interesados en que la legislatura fuera productiva, estando más ocupados de intentar que la dinámica parlamentaria no fuera viable y provocar la caída del gobierno. En ese sentido, también el gobierno, no sabemos si por cuestión de talante o de miedo al desgaste, ha abusado de los Decretos Leyes, subterfugio utilizado desde siempre por los gobiernos, y que suponen una laminación de la voz legislativa. Quizás si no hubiesen abusado de estos, con el talante intolerante y primitivo del Parlamento la legislatura hubiese implosionado.

En todo caso, la buena noticia es que hemos tenido el primer gobierno de coalición desde la transición, cosa para lo que nos es bueno tener entrenamiento porque es lo que vamos a tener de aquí en adelante. En cuanto el español medio aprenda a no insultar y a aceptar que hay ideas y planteamientos diferentes a los propios, estará «chupado».

¿Quién elige al presidente del gobierno?

Sigamos con la exposición. Ya tenemos claro que la soberanía reside en la ciudadanía, que el Parlamento es el que hace las leyes y ahora veremos que al presidente del gobierno no lo elijen los ciudadanos.

Una vez constituido el Parlamento con la voluntad ejercida mediante elección de los soberanos, es decir, de los ciudadanos, les corresponde a los parlamentarios, que, al fin y al cabo, nos representan, elegir al presidente del gobierno. La lógica suele ser que el partido más votado intente recabar la voluntad de otros partidos para apoyar al líder que este partido designe, que suele ser el candidato que se presenta por la circunscripción de Madrid y que es el líder del partido.

Si el partido más votado no logra apoyos de otros grupos, quizás lo pueda lograr el segundo más votado, el tercero o como se decida en función de los apoyos obtenidos. Es decir, son los parlamentarios y sus grupos los que eligen al presidente del gobierno, no los ciudadanos.

Una vez «identificada» esta persona, este «proyecto de presidente», el rey le propone formar gobierno y se somete al debate y votación de investidura que debe elegir por mayoría absoluta, en primera votación, o simple, en segunda votación, al presidente.

Es muy importante en esta lógica que la persona designada como candidata a presidente del gobierno tenga una mayoría detrás lo más sólida posible, ya que deberá ser garante de estabilidad durante cuatro años del gobierno y del funcionamiento de la cámara. Por ejemplo, si por ley decidimos que sea presidente el líder de la lista más votada, pero no hacemos ninguna reforma, tendríamos una situación de inestabilidad y origen que pondría en riesgo al sistema. Y si lo que queremos hacer es cambiar el sistema político por uno mayoritario, como se vio antes, perderíamos pluralidad y seguramente en el Parlamento solo tendrían cabida los dos partidos más votados, previsiblemente PP y PSOE, y algunos nacionalistas y regionalistas.

Por cierto, los grupos parlamentarios suelen elegir, como decía, a su líder que suele encabezar la lista al Parlamento por Madrid, pero en realidad podrían elegir presidente del gobierno a cualquier español mayor de edad. Sería una buena praxis quizás que alguna vez, trascendiendo los partidos políticos, se eligiera a una persona de reconocido prestigio y capacidad.

Por cierto, volviendo al tema de que los ciudadanos elegimos el Parlamento, pero no al presidente del gobierno. Como dije antes, el líder de cada partido suele encabezar la lista al Parlamento por Madrid, eso quiere decir que a los líderes de los partidos solo se les vota de facto, si se tiene el derecho al voto en la capital. O sea, el votante que ejerce su derecho al voto en Alicante o Lugo no votará, en su caso, ni a Sánchez ni a Feijóo. De hecho, reitero, ni siquiera el votante de Madrid, porque lo que se vota es la lista presentada y, de ella, un numero proporcional de parlamentarios.

Es decir, si la soberanía reside en el pueblo, si este elije al poder legislativo que hace las leyes y elije al gobierno y es la voz de toda la nación, ¿puede haber un gobierno ilegitimo? No, por definición, todo gobierno democrático, es legítimo, ya que su poder y funciones emanan del funcionamiento de la soberanía nacional popular. Y quien afirme lo contrario, simplemente debe leer más para llegar al estándar de «ciudadano informado medio» y no ser solo un «ciudadano medio informado».

Según Max Weber, hay tres tipos de legitimidad. La hereditaria, casi extinta y que hoy solo se mantiene en las monarquías (salvo el gobierno de la Ciudad del Vaticano, que es una monarquía electiva). La carismática, ejercida por personas elegidas en función de sus características personales supuestamente únicas; casi no se da hoy en día, aunque cuando votamos a un partido o líder, algo de esto hay. Y, para terminar, la legitimidad legal, es decir, la que emana de las leyes establecidas, las constituciones y regulaciones, es decir, la que se da en las democracias contemporáneas y, incluso podemos decir, la legitimidad más legitima de todas.

Sé que las ideas expuestas son bastante básicas, pero, a tenor de lo observado, quizás hay un número no menor de personas que quizás no las conocían. Sin duda, hay muchos más matices y pueden derivarse apasionantes discusiones con diferentes puntos de vista. Ojalá sirva para eso, lo que sí es básico, para que un sistema democrático funcione, es que reine la tolerancia, el respeto, el dialogo, la fuerza del acuerdo… la posibilidad de que el adversario, nunca enemigo, tenga razón. Esa es la base de la democracia, abrirnos a la posibilidad de que el otro quizás tenga razón y no yo.