El término femicidio fue acuñado en 1976 por la escritora feminista Diana Russell, con el objetivo de visibilizar el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad sobre las mujeres, y por tanto diferenciar este tipo de crímenes de los homicidios comunes. La confusión se inicia en el año 2006 cuando Marcela Lagarde traduce al español los textos de Diana Russell y sustituye el termino femicide por feminicidio; no obstante, con independencia de que se emplee un término u otro en los diferentes países y legislaciones, el significado apunta siempre a lo mismo: el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer.
Desde esta perspectiva todo femicidio es el homicidio de una mujer, pero no todo homicidio de una mujer es un femicidio. Por ejemplo, el femicidio no incluye los asesinatos de mujeres perpetrados por la delincuencia común, es decir, robos, secuestros, venta de drogas, entre otros, a menos que, durante su comisión, la mujer sea reducida o violentada en su condición de mujer; por ejemplo, cuando en medio de un robo o secuestro una mujer es violada y posteriormente asesinada. Tampoco es posible hablar de un femicidio cuando una niña o mujer queda atrapada en la línea de fuego de los llamados enfrentamientos entre bandas o en el intercambio entre fuerzas de seguridad y la delincuencia organizada; el femicidio no abarca las muertes violentas de mujeres cometidas por venganza personal de otras mujeres, por ajustes de cuenta, brutalidad policial, ni aquellas ocurridas cuando la mujer realizaba actividades delictivas. Pero el femicidio sí engloba los asesinatos de mujeres cometidos en el contexto de relaciones de pareja (esposo, exesposo, compañero, novio, exnovio, amante), los crímenes de honor (aquellos perpetrados por padres, hermanos o hijos de consanguinidad, afinidad o adopción para reafirmar su autoridad), la muerte de una mujer en el contexto del acoso sexual, producto de violaciones, prostitución, trata o esclavitud; así como, el asesinato de mujeres motivado por la identidad de género o preferencia sexo-afectiva (lesbianas, bisexuales o transgéneros).
Pero es importante comprender que el femicidio no es un hecho aislado cometido por un «loco», un «enfermo» o un «alcohólico», es necesario despatologizar estos crímenes, los cuales sin lugar a dudas tienen un origen social, alimentado, promovido y permitido por una femicide culture (cultura femicida). Esta cultura femicida es aquella en la que se menosprecia la vida de las mujeres, donde se acepta, naturaliza y justifica este tipo de crímenes, o donde se deja que ocurran porque sus perpetradores gozan de impunidad. Además, puede considerarse como una cultura femicida a la normalización y trivialización de este tipo de crímenes en productos culturales como la música, el cine, los videojuegos, la publicidad y otros productos culturales desarrollados desde el pensamiento androcéntrico patriarcal.
Por ello, contrario al imaginario popular, el femicidio no es algo que le ocurre solo a las mujeres que «permiten» o «soportan» la violencia, tampoco el femicidio es un problema de mujeres, es un problema de hombres que persiguen reducir, controlar y limitar la acción y decisión de las mujeres mediante la violencia; por ello, todas las mujeres, en una sociedad machista, con independencia de su edad, clase social o herencia étnica se encuentran en riesgo de ser víctimas de femicidio.
Esta situación se profundiza por las deficiencias y debilidades de los Estados en lo que refiere a la prevención, atención, sanción, sistematización y presentación de la información relativa a los femicidios. Son muchas las acciones necesarias, pero grosso modo para superar esta situación los Estados debe comenzar por: sistematizar los casos de femicidio con información suficiente que permita caracterizar la naturaleza y manifestación de estos crímenes, hacer pública la información estadística a fin de favorecer procesos de investigación, y a partir de los indicadores construir programas de prevención de violencia por razones de género específicos, oportunos, efectivos y eficientes. Aunado a ello, se deben destinar mayores recursos económicos para el diseño e implementación de políticas públicas de prevención de la violencia contra las mujeres, se deben formar y sensibilizar de forma permanente a los receptores de denuncias y operadores de justicia -quienes con frecuencia revictimizan a las mujeres víctimas de violencia-; y finalmente se deben mejorar los procesos de investigación criminal de las muertes violentas de mujeres por razones de género.