En Costa Rica se acostumbra a celebrar el mes de setiembre como el “Mes de la Patria”, reducido, principalmente, a la conmemoración de la fecha de independencia, del Acta de Independencia de Guatemala, del 15 de setiembre de 1821, copia que llegó a Costa Rica el 13 de octubre de ese año, acompañada con el Acta de Independencia de León de Nicaragua, del 28 de setiembre, y la del 11 de octubre, en la cual se declara la absoluta independencia de España, rectificando lo acordado el 28 de setiembre, que postergaba la independencia “hasta que se aclararan los nublados del día”.
Del documento del 28 de setiembre llegaron dos copias al país, dirigidas a los ayuntamientos de Cartago y de San José.
La llegada de la noticia de independencia de Guatemala, con sus documentos anexos, provocó una sorpresa y al mismo tiempo la determinación de la Autoridad Colonial española de convocar representantes de los pueblos para que el 29 de octubre en Cartago, la capital colonial costarricense, se definiera lo correspondiente, día en que se declaró la independencia de Costa Rica.
En la Declaración de la Independencia de Costa Rica, en su artículo primero se dice: “Que se publique, proclame y jure solemnemente el jueves 1 de noviembre la independencia absoluta del gobierno español”.
La decisión establecida en este artículo fue de anunciar públicamente la declaración de independencia, para hacerla notoria y jurarla, en esos actos públicos, con lo cual quedaba anunciado, a la vez, el inicio de la nueva situación política y para glorificar el nuevo momento que se vivía, el de la independencia.
A partir de ese momento se rompió el vínculo colonial, con lo que se inicia el proceso de fundación del Estado nacional, independiente de España.
En su artículo segundo, ya declarada la independencia, se acordó adherirse de hecho al Imperio mexicano de Agustín de Iturbide, al señalar que se observaría de manera absoluta la Constitución y leyes que el Imperio promulgare. Ese fue un acto tomado en libertad, ya independientes.
Históricamente habíamos pertenecido al Virreinato de Nueva España, de México, y se conocía la lucha por la independencia que allí se venía dando. Por ello la intención de adherirse al México de Iturbide, ya no al virreinato, al cual también pertenecimos.
Igualmente, se conocía la decisión proclamada en el Plan de las Tres Garantías del Imperio Mexicano o Plan de Igual, publicado en febrero de 1821, que aseguraba la independencia del Virreinato de México, plan que se confirmó o validó por Agustín de Iturbide y el virrey, Juan José Rafael O'Donojú, en el llamado Tratado de Córdoba, de 25 de agosto de 1821, por el que se reconocía a México como nación soberana e independiente, lo que finalmente se establece en el Acta de Independencia de México del 28 de setiembre de 1821.
El Ayuntamiento de San José manifiesta, el 30 de octubre, “del año primero de nuestra libertad”, al día siguiente de la proclamación de independencia en Cartago, que:
Habiéndose proclamado y jurado la absoluta independencia del gobierno español por los pueblos, autoridades y corporaciones de todo este reino de Guatemala se ha roto y cancelado el pacto social fundamental que ataba y constituía a los pueblos de esta provincia bajo la tutela de las autoridades constituidas en Guatemala.
Esta declaración reconoce la “absoluta independencia del gobierno español por los pueblos, autoridades y corporaciones de todo este reino de Guatemala”, hablando del “reino de Guatemala”, como la referencia administrativa con la cual se estaba rompiendo, y “cancelando”, poniendo fin, al “pacto social fundamental que ataba y constituía a los pueblos de esta provincia bajo la tutela de las autoridades constituidas en Guatemala”.
Esto es importante para destacar que el Acta del 15 de setiembre de 1821 responde exclusivamente a la decisión de Guatemala de proclamar su independencia, de la cual informan al resto de las provincias, que formaron parte de la Capitanía General o del Reino de Guatemala. Si la Constitución de Cádiz había eliminado la administración colonial existente estableciendo las diputaciones, con la suspensión de la Constitución, desde 1814 hasta 1820, de hecho, se había restablecido la administración colonial, lo que en la práctica de las declaraciones de independencia de las provincias centroamericanas se reconoce.
El detalle de esta situación, la proclamación de independencia de Guatemala el 15 de setiembre y la de Costa Rica, ha dividido a historiadores y otros analistas sociales y políticos, sobre la “verdadera” fecha de la independencia de Costa Rica. En mi opinión, me oriento por la fecha del 29 de octubre, como lo he sostenido en otros artículos.
Más fechas definitorias de la independencia
Sin embargo, han aparecido otros momentos estelares, del desarrollo posterior al 29 de octubre de 1821, que los colocan también como fechas definitorias de la independencia. Entre ellas tenemos las siguientes.
La Guerra de Ochomogo, que se dio entre el 29 de marzo y el 5 de abril, un sitio ligeramente montañoso, entre las ciudades de San José y Cartago, cuando en abril de 1823 se enfrentaron ciudadanos de las ciudades de San José y Alajuela, considerados republicanos opuestos a la anexión al Imperio mexicano de Iturbide, que para ese momento ya no existía, desde el 19 de marzo, porque Iturbide había sido depuesto, y los ciudadanos de las ciudades de Cartago y Heredia estaban a favor de la unidad con México. El triunfo lo tuvieron los republicanos, los que no querían la integración a México.
Se considera a esta batalla el primer encuentro militar interno en Costa Rica, y al triunfo de los republicanos como la fecha de la independencia, además que pasó la capital a la ciudad de San José. No se discutía en esta batalla el seguir unidos a la monarquía española.
Otro evento fue la Constitución de las Provincias Unidas del Centro de América, que existió desde el 1 de julio de 1823 hasta el 22 de noviembre del 1824, cuando se constituyó la República Federal de Centroamérica, de la cual nos salimos en 1838, resultando por ello “independientes” de esa unidad centroamericana, la cual duró hasta 1841, a pesar del intento de Francisco Morazán de reconstituirla en 1842.
Las Provincias Unidas de Centroamérica se habían adherido al Imperio mexicano el 5 de enero de 1822, hasta que el 1 de julio se declararon “libres e independientes de la antigua España, de México y de cualquier otra potencia”, formando de seguido la República Federal.
Otro suceso que algunos lo refieren a un momento de independencia es cuando se aprueba el Código General de Carrillo, del 30 de julio de 1841, del jefe de Estado, Braulio Carrillo, con sus partes civil, penal y procesal, con el cual se inicia una legislación nacional, que hasta entonces todavía se usaban los códigos y leyes fundamentales de España.
Otro evento que se destaca es la declaración o fundación de la república, el 31 de agosto de 1848, cuando, proclamada la república, se deja definitivamente la informal adhesión que todavía se tenía con la República Federal a efectos de reconocimientos internacionales.
A partir de este momento el país empieza a tener relaciones diplomáticas propias, sólidas y reconocimientos internacionales como país “independiente”. Hasta 1848, el marco de las relaciones internacionales gravitaba en las gestiones de la República Federal, que representaba a los países de Centroamérica, que formaban parte de ella como “Estados”, también con sus órganos de poder clásico: poderes ejecutivo, legislativo y judicial, junto a los mismos poderes de la República Federal, los que se reprodujeron desde su constitución.
En el caso costarricense, en los estudios ordinarios y oficiales, en textos de historia o estudios sociales, de las escuelas primarias y secundarias, no se estudia ni casi se hace referencia a esta participación en las Provincias Unidas y en la República Federal. En la galería oficial de jefes de Estado y presidentes de la república ni siquiera hay una placa reconociendo a los presidentes de la República Federal como autoridades superiores de Costa Rica, durante el período que formamos parte de ella.
Más recientemente, se ha hecho énfasis en la Guerra Nacional y Centroamericana, de 1856 y 1857, como la gran gesta independentista que aseguró, con la derrota de los filibusteros norteamericanos, jefeados por William Walker, la independencia y soberanía de las repúblicas centroamericanas y la libertad de nuestros pueblos, frente a los intentos anexionistas, de Walker, de estas repúblicas fieles a los intereses sureños de los Estados Unidos y del sometimiento de los pueblos centroamericanos a la esclavitud, como la estableció en Nicaragua, cuando brevemente se constituyó en presidente de esa nación.
Algunos ponen otras fechas como elementos constitutivos adicionales de la independencia nacional, como es el de la independencia religiosa de Nicaragua, por parte de la Iglesia católica costarricense, cuando se constituye la diócesis de Costa Rica y se establece el concordato con el Vaticano, nombrándose al primer obispo nacional, Dr. Anselmo Llorente y La Fuente, considerando que para los días de la independencia el obispado de León, la diócesis de Nicaragua y Costa Rica habían instruido a los sacerdotes y a las iglesias seculares y regulares de la necesidad del emperador Iturbide del auxilio divino para gobernar según la confianza que “la providencia” le había “confiado”, al tiempo, que en 1825 ordenaba “a todo el clero del obispado no mezclarse en asuntos políticos”, reconociendo la Iglesia, el 10 de setiembre de 1851, que Costa Rica se “declaró república libre y soberana" el 30 de agosto de 1848, cuando el Congreso dispuso la fundación de la república, que se confirmó el día siguiente por el Dr. José María Castro Madriz, jefe de Estado en ese momento.
Así como estas fechas, se han puesto a debate y reflexión otras. Lo que no se puede cambiar es que en la provincia de Chiapas, que formaba parte de la Capitanía General de Guatemala, las ciudades de Tuxtla, Ciudad Real y Chiapas declaran su independencia entre el 28 de agosto y el 5 de setiembre, y el 14 de setiembre formalizan ante el Congreso mexicano su anexión, como Estado federal, del país que se está formando, a la vez que presionan sobre la Capitanía General, en su capital, para que el 15 de setiembre Guatemala se proclame independiente, comunique su decisión al resto de las provincias y así lo confirmen ellas, el 21 de setiembre El Salvador, el 28 de setiembre, y el 11 de octubre, Nicaragua; el 28 de setiembre, Comayagua, Honduras; el 26 de octubre, el Partido de Nicoya, y el 29 de octubre, en Cartago, Costa Rica.
El 10 de noviembre de 1821, en la ciudad de San José, se juró “la absoluta independencia del gobierno español”, como se ha hecho en “la capital”, en Cartago, convocando a establecer un gobierno provisional, lo que también se ha interpretado como un acto de proclamación de la independencia, debido a que hasta esta fecha la autoridad colonial había permanecido provisionalmente a cargo de la situación política, de manera que la constitución de esta primera Junta de Legados de los Pueblos, del 12 de noviembre al 1 de diciembre de 1821, podría considerarse el primer gobierno en vida independiente, lo que provoca a la vez que algunos establezcan este momento como el del inicio de la independencia.
Acabamos de celebrar en Cartago, el pasado 14 de setiembre, la llegada de la noticia de la independencia de Guatemala, del 15 de setiembre de 1821, elemento detonante de las declaraciones de independencia de toda la región centroamericana.
El próximo 29 de octubre, se celebrará, igualmente, en Cartago, la declaración de independencia, del Acta de Independencia, de esa fecha de 1821, que estableció la independencia de Costa Rica, declaración precedida por las decisiones del 25 y 26 de octubre, realizadas en el Ayuntamiento de Cartago, de integrar un Gobierno Provisional de Costa Rica, que adquirió la forma de Juntas, para los años de 1821-1823, hasta que se constituyó la Jefatura de Estado, como parte de la República Federal de Centroamérica, a la que pertenecimos.
Todo esto está en debate abierto; detalles más, detalles menos.